Un notario gijonés, condenado al pago de más de 20.000 euros por mala praxis

El fedatario olvidó enviar al Registro de la Propiedad la copia electrónica de la escritura de una finca que adquirió un matrimonio en Arroes

I. Peláez 11.01.2019 | 02:46

 

Un notario gijonés ha sido condenado a indemnizar con poco más de 20.000 euros a un matrimonio, también de Gijón, tras una mala praxis en el ejercicio profesional al formalizar un contrato de compraventa de una finca en Villaviciosa que acarreó un perjuicio económico notable para los compradores, que ya han sido resarcidos con el dinero debido.

El matrimonio denunciante adquirió una finca en el mes de octubre de 2009 en la parroquia de San Miguel de Arroes, en Villaviciosa, a otra pareja que había recibido el inmueble tras beneficiarse de una herencia familiar. La formalización de la compraventa se realizó, como es habitual, ante notario y se hizo constar que el inmueble estaba libre de cargas. Pero no era así. Poco tiempo después, a primeros de 2010, a los compradores de la finca les llegó una notificación de embargo por impagos superiores a los 17.000 euros de un préstamo que no habían satisfecho, algo que les sorprendió notablemente, puesto que nunca tuvieron problemas económicos. Al interesarse por el tema, constataron que el embargo iba contra el matrimonio vendedor, totalmente insolvente y quien había contraído esa deuda tras un préstamo hipotecario.

 

El problema se originó porque después de formalizar el contrato de compraventa en ante notario, éste no envió la copia autorizada electrónica de la escritura, obligatoria, al registro de la propiedad de Villaviciosa a tiempo. Lo hizo sí, pero mucho tiempo después, en diciembre, cuando el plazo había expirado. «El reglamento del Colegio de Notarios le obliga a esa gestión en el menor tiempo posible para garantizar la seguridad de la compraventa, pero no lo hizo», explica María Cruz Rozada Ardavín, abogada del matrimonio perjudicado por esta compra.

Este hecho originó dos procedimientos judiciales. Por un lado, los damnificados denunciaron al matrimonio vendedor por estafa. El Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón les dio la razón al entender que a sabiendas de que el inmueble tenía cargas lo vendieron sin advertirlo a los compradores. Es por ello que el magistrado les impuso la obligación del pago de una indemnización de 20.002,45 euros por la estafa y otros 6.236,12 euros en concepto de las costas del procedimiento. Los estafadores se declararon insolventes.

La otra causa se abrió contra el notario gijonés, al que responsabilizaban de mala praxis en el desempeño del ejercicio profesional, puesto que su lapsus al enviar la copia autorizada electrónica les provocó un notable perjuicio económico. «El notario alegó que no se le había encargado esa gestión, el envío de esa copia electrónica, pero es una gestión que va de suyo, lógica y normal para un notario; de hecho, se comprobó que en la factura emitida venían señalados gastos de gestión», resalta la letrada, del despacho «Otero u Ardavín» abogados.

Sentencia firme

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Gijón concedió la razón al matrimonio gijonés perjudicado y ya condenaba al notario gijonés a indemnizar a sus clientes. No obstante, el afectado recurrió la sentencia en cuestión, pero la Audiencia Provincial ratificó el fallo inicia, manteniendo la sanción de 20.061,25 euros que ya les han sido abonados a los damnificados.

Fuente: lne.es

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